DECLARACION JURADA EQUIPOS SIN PCB.

La Declaración Jurada de conformidad con lo establecido en la Directriz 085-MIDEPLAN-MEIC, el decreto N°40697 MINAE-S, quienes pueden aplicarla, son los propietarios que tengan equipos que cumplan con las siguientes condiciones:

  • Placa de fabricante original indica que el equipo contiene aceite libre de PCB.
  • Tienen fecha de fabricación posterior a 1983.
  • No ha sido abierto para mantenimiento

 

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DECLARACION JURADA POR NO APLICACIÓN DECRETO N°40697.

Esta declaración jurada es aplicable cuando la empresa no es propietaria de equipos, por lo tanto, no posee en sus instalaciones ningún equipo sujeto al cumplimiento de las regulaciones del Decreto Ejecutivo N° 40697-MINAE-S, sobre equipos que contengan aceite dieléctrico, y, por ende, no se debe registrar en el Sistema de Información COPS.


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